viernes, 10 de junio de 2011

10 de junio del 2011


CASTILLO MARTINEZ FANNY ADELA

TASA DE INTERÉS INTERBANCARIA DE EQUILIBRIO Y TASA DE INTERÉS INTERBANCARIA PROMEDIO
Con el objeto de establecer una tasa de interés interbancaria que refleje mejor las condiciones del mercado, el Banco de México decidió dar a conocer la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE). Para tal efecto, mediante modificaciones del 20 de marzo de 1995 a la Circular 2008/94 del Banco de México, se estableció un procedimiento conforme al cual, el propio Banco con cotizaciones presentadas por las instituciones de crédito, determinará dicha tasa de interés interbancaria de equilibrio.
El citado procedimiento requiere de cotizaciones de cuando menos seis instituciones. De no reunirse el número de cotizaciones antes señalado, el Banco de México determinará la tasa de interés interbancaria de equilibrio de que se trate, tomando en cuenta las condiciones prevalecientes en el mercado de dinero.
Considerando que resultará de utilidad para el público en general y, en particular para las personas que realicen operaciones en el sistema financiero, conocer la tasa de interés interbancaria de equilibrio, se determinó que tal tasa se publicará por el Banco de México a través del Diario Oficial de la Federación, el día hábil bancario inmediato siguiente a aquél en que se determine.
El Banco de México dará a conocer mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación la referida TIIE junto con la Tasa de Interés Interbancaria Promedio (TIIP). En razón de que eventualmente esta última tasa dejará de ser utilizada en las operaciones que celebren las instituciones de crédito, su publicación sólo se realizará hasta el 31 de diciembre del 2001, sin perjuicio que, de ser conveniente, el Banco de México decida continuar con su publicación después de esa fecha.
El Banco de México informará también en la aludida publicación el nombre de las Instituciones que participaron en la determinación de ambas tasas interbancarias.
La TIIE es una tasa representativa de las operaciones de crédito entre bancos. La TIIE es calculada diariamente (para plazos 28 y 91 días) por el Banco de México con base en cotizaciones presentadas por las instituciones de banca múltiple. La TIIE se utiliza como referencia para diversos instrumentos y productos financieros, tales como tarjetas de crédito.

CETES
El Cete (Certificado de la Tesorería de la Federación) son títulos de crédito al portador en los cuales se consigna la obligación del Gobierno Federal a pagar su valor nominal a la fecha de su vencimiento. La primera emisión de Cetes se llevo a cabo en enero de 1978 y fueron creados mediante un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 1977. los Cetes son emitidos por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Publico, siendo el Banco de México el agente financiero (intermediario) exclusivo para su colocación y redención.
Los Cetes no contienen estipulación sobre pago de intereses, sino que se venden a los inversionistas debajo de su valor nominal o de vencimiento. Por tanto, el rendimiento obtenido e en realidad una ganancia de capital, no un interés. Sin embargo, en la practica se refiere a los Cetes como un instrumento que paga intereses.
La tasa de descuento aplicable a los Cetes es variable; es la que corresponde a las condiciones que prevalecen en el momento en el mercado de dinero. En un principio las tasas de descuento eran fijadas por el Banco de México. Sin embargo, a partir de septiembre de 1982 se estableció un sistema de “subastas”, sonde el Banco De México participa como vendedor y las casas de bolsa, instituciones de crédito, instituciones de finanzas y otras personas expresamente autorizadas participan como postores. De esta forma, las tasas de descuento son fijadas de acuerdo con las solicitudes y posturas.
Las principales características de los Cetes son:
Son títulos de deuda del Gobierno Federal al portador y su valor nominal es de $10.00. Esto es, el Gobierno Federal se compromete a pagar $10.00 por cada Cete en la fecha de su vencimiento.
Se compran y venden únicamente a través de las casas de bolsa e instituciones de crédito.
Están garantizados por el Gobierno Federal, por lo que su seguridad es prácticamente total.
Es una inversión de gran liquidez ya que los Cetes se pueden comprar y vender en cualquier día hábil en lo que se llama el mercado secundario.
Los Cetes pertenecen al mercado de dinero ya que son a corto plazo. Los principales plazos a que se emiten son a 28, 91, 182 y 364 días; sin embargo, en algunas ocasiones se ofrecen emisiones con otros vencimientos. El plazo máximo es de 364 días.
El rendimiento obtenido por las personas físicas por compra - venta de Cetes está exento de impuesto sobre la renta, debido a que se trata de una ganancia de capital; en tanto que las personas morales deben acumular dicha ganancia en su base gravable.
En todos los cálculos sobre Cetes se considera el año comercial; esto es, el año de 360 días.
Se emiten semanalmente los días jueves, excepto cuando el jueves es día de descanso obligatorio. Asimismo, ese día se publica un anuncio de colocación de los Cetes en los principales diarios del país. El anuncio muestra los siguientes datos:
·         Número de emisión
·         Monto de la emisión
·         Fecha de la emisión
·         Fecha de vencimiento
·         Plazo
·         Valor nominal
·         Tasa de descuento promedio ponderado a la que se coloca la emisión
·         Tasa de rendimiento promedio ponderado equivalente a la tasa de descuento
·         Hay tres cálculos básicos que se llevan a cabo con los Cetes:
·         Cálculo del precio de compra de un Cete
·         Cálculo de la tasa de rendimiento
·         Cálculo del precio de un Cete con venta antes de su vencimiento
Como ejemplo, suponga que se desea saber cuál es el precio de un Cete de la emisión realizada el 20 de marzo del 2003 y con fecha de vencimiento al 19 de junio del 2003.
( 0.08663)
Descuento = (10) ________ (91) = $0.218147
( 360 )
Precio del CETE = Valor Nominal - Descuento 10 - 0.218147 = $9.781853
Al comprar un Cete de esta emisión particular, el precio que se paga por el Certificado es de $9.781853. si el comprador mantiene en su poder el Certificado hasta la fecha de su vencimiento, recibirá $10.00 por él.
Si se compran 85,000 Cetes de esta emisión, se pagarán (9.781853) (8500) = $831,457.51 y al cabo de 91 días se cobrará (10) (85000) = $850,000. la diferencia entre el precio de compra y la cantidad cobrada al vencimiento es la ganancia de capital.
Ganancia de capital = 850,000 - 831,457.51 = $185,542.49
Por costumbre, en todos los cálculos de Cetes se considera el año comercial. Sin embargo, el año en realidad consta de 365 días y, puesto que los Cetes se negocian día con día, para obtener el rendimiento real de éste debe obtenerse sobre el número real de días en el año.
En algunas ocasiones el inversionista vende sus Cetes antes de la fecha de vencimiento. Cuando esto sucede se utiliza una tasa de descuento que puede ser igual, menor o mayor a la tasa de descuento original. Si la tasa de descuento es igual a la tasa de descuento original, la tasa de rendimiento a la compra es igual a la tasa de rendimiento a la venta. Si la tasa de descuento es menor que la tasa de descuento original, el inversionista recibe una tasa de descuento mayor de lo pactado. Si la tasa de descuento es mayor que la tasa de descuento original, la tasa de rendimiento es menor de lo pactado.
La tasa de descuento depende principalmente de la tasa de la última emisión de Cetes, y en segundo lugar, de otros factores como la oferta o demanda de Cetes y de la cantidad que se pretenda invertir.
Tomemos como ejemplo la emisión a 91 días de plazo, suponga que un Cete de esta emisión se vende anticipadamente a los 35 días de adquirido, con una tasa de descuento de 9.87%.
En este caso un Cete comprado el día de la emisión (20 de marzo del 2003) y conservado hasta su vencimiento ( 19 de junio del 2003) muestra los siguientes resultados:
Precio del Cete = $9.781853
Tasa de rendimiento 8.82 % anual.
Por otra parte al venderlo faltando 56 días para su vencimiento, el precio del Cete es:
Precio del Cete = 10 [1-( 0.0987 / 360 ) (56)] = $9.846467
Es decir, a los 35 días se vende en $9.846467 un Cete con precio original de $9.781853; por tanto, la ganancia de capital es de $0.064614. la tasa de rendimiento es:
r = (0.064614)(360) = 6.794 % anual
(9.781853)(35)
TASA NOMINAL: La palabra nominal se define como “pretendida, sostensible o profesada” o tasa de interés nominal, no es una tasa correcta, real, genuina o efectiva y las tasas de interés nominal debe convertirse en tasas efectivas con el fin de reflejar en forma precisa combinaciones del valor del tiempo.
Se dice una tasa en nominal cuando:
  Se aplica directamente a operaciones de interés simple.
  Es susceptible de proporcionarse m veces en un periodo de tiempo, para expresarse en otra unidad de tiempo equivalente en las operaciones a interés simple: O para utilizarse como la tasa efectiva de ese periodo de tiempo y capitalizarse n veces a interés compuesto.
Una tasa nominal de un plazo de tiempo determinado puede expresarse en otro plazo de tiempo de menor o mayor magnitud: en este caso, toma el nombre de tasa proporcionan. Para convertir una tasa nominal en otra tasa nominal proporcional; por ejemplo: convertir una TNA de 18 % en una TNM, se sugiere tener en cuenta el siguiente procediendo.
El postulado, principio o incluso ley de la oferta y demanda es el modelo económico básico de la formación de precios de mercado de los bienes,[1] usándose para explicar una gran variedad de fenómenos y procesos tanto macro como microeconómicos. Además, sirve como base para otras teorías y modelos económicos.
Diagrama de la oferta y la demanda
El modelo se basa en la relación entre el precio de un bien y las ventas del mismo y asume que en un mercado de competencia perfecta, el precio se establecerá en un punto —llamado punto de equilibrio— en el cual el se produce un vaciamiento del mercado, es decir, todo lo producido se vende y no queda demanda insatisfecha.
El postulado de la oferta y la demanda implica tres leyes:[4]
I.- Cuando, al precio corriente, la demanda excede la oferta, el precio tiende a aumentar. Inversamente, cuando la oferta excede la demanda, el precio tiende a disminuir.
II.- Un aumento en el precio tiende, más tarde o más temprano, a disminuir la demanda y a aumentar la oferta. Inversamente, una disminución en el precio tiende, más tarde o más temprano, a aumentar la demanda y disminuir la oferta.
III: El precio tiende al nivel en el cual la demanda iguala la oferta.


REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS

Orange, 1998, CETES, recuperado el 10 de febrero del 2011, http://html.rincondelvago.com/certificado-de-la-tesoreria-de-la-federacion.html - 10 de junio de 2011.

Tomo CDXCVIII, No. 17, Primera Sección, Pág. 11, México, D. F., jueves 23 de marzo de 1995


J. Robinson, 2003, ley de la oferta y la demanda, recuperado el 02 de junio del 2011, http://es.wikipedia.org/wiki/Oferta_y_demanda, 10 de junio de 2011.



Orange, 1998, tasa de interés nominal, recuperado el 05 de mayo del 2001, http://html.rincondelvago.com/tasas-de-interes_1.html, 10 de junio del 2011

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